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Derecho agrario y de posesión

Usucapión, derechos de posesión, información posesoria y conflictos de lindero. Fincas inscritas y sin inscribir, en toda la Zona Sur.

En esta zona, muchas fincas se trabajaron durante décadas antes de que alguien pensara en un plano. Otras están inscritas a nombre de personas o sociedades que nunca las ocuparon. Cuando esas dos realidades chocan, el conflicto no se resuelve con el título solo, ni con la posesión sola.

Situaciones que atendemos

  • Poseyó una finca por años y quiere titularla
  • Compró derechos de posesión y ahora se los discuten
  • Es titular registral y ocuparon su propiedad
  • Hay diferencia entre lo que dice el plano y lo que está en el campo
  • Recibió una demanda de usucapión
  • Necesita una gestión ante el INDER

Qué se prueba en un caso de posesión

La ley pide que la posesión haya sido pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño. En la práctica, casi todo el litigio se juega en la prueba de esos cuatro adjetivos, acto por acto y fecha por fecha.

Un acta de puesta en posesión a favor del titular registral puede interrumpir el plazo. Por eso las fechas importan tanto como los hechos.

Servicios

  • Usucapión, artículo 853 del Código Civil
  • Información posesoria, Ley 139
  • Defensa del titular registral frente a pretensiones de posesión
  • Deslinde, amojonamiento y rectificación de medida
  • Compraventa y cesión de derechos de posesión
  • Gestiones ante el INDER

Representamos a ambos lados

El bufete atiende tanto a quien reclama posesión como a quien defiende su título, sea persona costarricense o extranjera, siempre que el asunto se ventile en Costa Rica. Cada caso se valora por separado y se informa de cualquier conflicto de interés antes de aceptarlo.

Traiga su plano, su escritura o su demanda. Empezamos por leer.

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